martes, 5 de noviembre de 2013

La justicia.



La justicia es aquel conjunto de normas y reglas que permiten regular las conductas entre las personas, permitiendo, avalando, prohibiendo y limitando ciertas conductas o acciones en el actuar humano o con las instituciones, sin embargo, es a partir de las ciencias del derecho, que resulta bastante complejo lograr una definición única en torno a este concepto, ya que esta depende de múltiples factores, además, existen tantas definiciones como autores, ya que la justicia depende de un contexto en particular, donde se desarrollan experiencias, circunstancias y situaciones bastante diversas, sin embargo, cada una de estas definiciones hace que salgan a la luz valores como la libertad, la verdad, la paz y la democracia.

El problema en torno a la justicia es algo que se ha encontrado presente a lo largo de toda la historia, de este modo, el mismo Aristóteles ya intentaba definirla, dividiéndola en lo llamado Ley Particular, o ley de la polis, y la Ley Común, aquella que esta presente en la naturaleza.

La justicia no solo hace referencia al conjunto de normas impuestas a una sociedad, sino que implica también la equidad entre sus miembros, estableciendo así, por ejemplo, la pertenencia (haber reconocido a un derecho habiente, o pertenencia en términos populares) por derecho de ciertas cosas. Como vemos se trata de un concepto que implica equidad, pero por sobre todo, ética. 
Como se mencionaba anteriormente, la justicia y “lo justo” varía de persona a persona, lo que permite que, en la vida cotidiana, existan diferencias entre aquello que un padre y un hijo consideren justo en torno a determinada situación. Lo mismo sucede con los sistemas judiciales presentes en cada Estado o nación en particular, donde no todos los ciudadanos se encuentran de acuerdo con los dictámenes de los jueces ante ciertas situaciones de conflicto, sobretodo, cuando la resolución, en lo personal, no nos favorece e implica, en algunos casos, incluso, el pago de multas o la privación de la libertad.

La justicia según Aristóteles.

La justicia según Aristóteles


En primer lugar, debemos tener presente que la diferencia entre el incipiente sistema jurídico ateniense y el de una nación moderna es enorme. Un solo dato da medida de esta diferencia: la ciudad antigua carecía de un cuerpo de magistrados profesionales, los jueces eran elegidos por la suerte entre los ciudadanos mayores de treinta años.
El libro V de la Ética Nicomaquea se titula “De la Justicia” y en él encontramos un pequeño tratado sobre el tema. El tratamiento que Aristóteles ofrece en este libro V muestra un carácter provisorio, ensayístico. Evidentemente estaba desbrozando camino y estableciendo distinciones conceptuales, largamente incorporadas a la tradición jurisprudencial en época posterior, que por ello mismo aparecen hoy como rudimentarias e insuficientes.


La justicia distributiva comprende un conjunto de acciones que tenían una especial importancia en el Estado antiguo y que prácticamente desaparecen o sólo se conservan como restos en el Estado moderno. Se trata fundamentalmente de la distribución de bienes y de cargas. En este respecto Aristóteles dice, al final de capítulo III, que “lo justo es lo proporcional” pero esta es “una de las dos formas de lo justo”.

La correctiva la define Aristóteles como aquella que tiene lugar en las relaciones entre personas. El término griego para estas relaciones abarca tanto a las transacciones civiles (contratos, préstamos, garantías, etc.) como aquellas otras que son más bien acciones de tipo criminal. En efecto, las transacciones involuntarias comprenden las fraudulentas, como el hurto, y las violentas, como el homicidio.
(Excursus: los datos aportados por los eruditos indican que la distinción entre transacciones voluntarias e involuntarias no se corresponde en absoluto con la práctica forense de Atenas. Sin embargo, esta distinción se corresponde en gran medida con la posteriormente introducida en el derecho romano entre obligaciones ex contractuy obligaciones ex delicto).
Por último es necesario mencionar un tercer tipo de justicia, que los modernos comentadores separan estrictamente de los dos anteriores. Se trata del famoso capítulo 8 en el queAristóteles discute la reciprocidad como forma de la justicia en las relaciones de intercambio. El capítulo ha sido y continúa siendo aún hoy motivo de intensa polémica, fundamentalmente en lo que se refiere a la intención de Aristóteles y a la solución que finalmente ofrece. Tradicionalmente los comentaristas medievales tomaban el capítulo como un análisis y una exposición detallada del problema de cómo fijar el valor justo de una mercadería. Quizá se puede decir sin exagerar que la misma noción de valor justo o precio justo tiene su punto de partida en este texto.


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La justicia, según Sócrates.

La justicia según Socrates

El hecho de que Sócrates no escribiese acerca de su doctrina obliga a que su concepción sobre la justicia deba ser valorada a partir de los diálogos, llamados de juventud, de su discípulo Platón.

Para Sócrates existe, por encima de los hombres, todo un mundo de valores objetivos y, entre ellos, el de la justicia que tiene, por tanto, una realidad efectiva superior a toda determinación humana. La naturaleza humana es siempre la misma, y, por consiguiente, los valores éticos son constantes, y mérito imperecedero de Sócrates es el haberse percatado de la constancia de esos valores y haber tratado de fijarlos en definiciones universales que pudiesen tomarse como guías y normas de la conducta humana.
Ese conjunto de valores es el que articula el orden impuesto al mundo por la divinidad; luego, los hombres, si quieren obrar conforme a los designios divinos, han de implantar y realizar entre ellos aquellas nociones axiológicas y, con ellas, la idea de justicia a través de las leyes. Las leyes humanas ya no son meros inventos o convencionalismos de los hombres para dominar a otros, sino fiel trasunto del valor objetivo de la justicia. Así, para Sócrates la justicia es un valor objetivo expresado por las leyes y que, al igual que los otros valores, es cognoscible por el hombre. El Estado es una realidad natural, no humana, ni arbitraria, pues sus leyes encarnan el ideal objetivo de justicia, del que en cada hombre en particular hay también como un eco, manifestado en el δαιμov o voz de la conciencia: interiorización de la justicia. Una idea fundamental en Sócrates es que las injusticias pasadas perduran en el alma y forman la esencia de ésta, por lo que debemos protegernos contra el peligro de cometerla. "Es preferible sufrir la injusticia a cometerla". Esa protección sólo puede ofrecerla el conocimiento y la comprensión del bien, la techné política, pues nadie hace el mal voluntariamente.

Debido a la armonía que existe entre la justicia objetiva y las leyes humanas, éstas deben ser respetadas y obedecidas ciegamente, ya que en ellas se incorpora la justicia. Para Sócrates, incluso las leyes injustas deben ser obedecidas. Esta afirmación no es una simple postura teórica, sino que quedó refrendada en la práctica con el desdichado episodio de su proceso y condena totalmente injusta, pero cuya sentencia acató teniendo la oportunidad de escapar.


La justicia según Platón.

Justicia según platón


En su libro la "República", desarrolla su teoría de la justicia,pese a que la vincula a la forma de organizar el Estado, pero no asume un carácter específicamente jurídico sino moral, pues la concibe como una virtud.

Platón sostiene que el Estado es comparable al ser humano: se trata de un hombre en grande, de un organismo en el que la justicia exige que cada estamento haga lo que corresponde, sin entrometerse en las funciones ajenas. Dice Platón que la justicia se lee más claramente en el Estado pues en él aparece escrita con mayúscula y no en minúscula, como ocurre en el hombre.
En el alma del individuo existen tres facultades:

  • La inteligencia: que esclarece y manda.
  • La voluntad: que obra.
  • Los sentidos: que obedecen. 

En el Estado por su parte se distinguen:
  • Los sabios o filósofos: destinados a mandar.
  • Los guerreros: que deben defender el Estado.
  • los artesanos: que deben obedecer a los magistrados y nutrir al organismo social.

Cada una de estas facultades del individuo o clase de Estado, están regidas por una virtud: la inteligencia y a los sabios corresponde la sabiduría; y a la voluntad ya los guerreros, la fortaleza y a los sentidos y a los artesanos la templanza.
La justicia en cambio es una suerte de virtud formal pero suprema, que se subordina a las demás virtudes de contenido material, estableciendo entre ellas una relación armónica.
Según Platón, la justicia resplandecerá plenamente en el Estado cuando los sabios lleguen a gobernantes o los gobernantes sean sabios.